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Consulta pública del acuerdo de iniciación de la modificación del Plan Insular de Ordenación de Tenerife (PIOT) en lo relativo a la ordenación de las actividades extractivas

En qué consiste

El contenido del PIOT sobre la ordenación de las actividades extractivas debe ser modificado porque se desarrolla a partir de una premisa básica (la prohibición genérica de dichas actividades en toda la Isla salvo en los ámbitos extractivos) que es disconforme con el marco jurídico vigente. Pero, de otra parte, aunque no fuera necesaria la modificación, ésta sería conveniente toda vez que la experiencia de los últimos años ha puesto de manifiesto que el modelo de ordenación del PIOT no ha resultado apropiado para permitir un adecuado desarrollo de la actividad, compatibilizando los requerimientos económicos (disponibilidad de los recursos geológicos) con las exigencias de protección ambiental y ordenación territorial. Finalmente, la entrada en vigor de la Ley 4/2017 del Suelo y Espacios Naturales Protegidos de Canarias obliga a revisar este contenido del PIOT para adecuarlo a lo establecido en aquélla. Según establece la citada Ley 4/2017, tras el Acuerdo de Inicio adoptado por el Pleno y antes de la elaboración del borrador de la modificación del PIOT y del Documento Inicial Estratégico, se debe llevar a cabo una consulta pública, a través del portal web del Cabildo, en la que se recabará opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas, acerca de los problemas que se pretenden solucionar, la necesidad y oportunidad de la regulación, los objetivos que se persiguen y las posibles soluciones alternativas. En consecuencia, al objeto de cumplir tal precepto, se facilita la documentación de la iniciativa adoptada por el Cabildo, a efectos de que puedan formular las observaciones que estimen oportunas en relación con los aspectos citados. Plazo para realizar aportaciones: hasta el 2 de marzo de 2019.

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El Pleno del Cabildo, en sesión celebrada el 29 de diciembre de 2018, ha adoptado el Acuerdo de Iniciar el procedimiento para la formulación y tramitación de la Modificación del Plan Insular de Ordenación de Tenerife en lo relativo a la ordenación de las actividades extractivas.  El contenido del PIOT sobre la ordenación de las actividades extractivas debe ser modificado porque se desarrolla a partir de una premisa básica (la prohibición genérica de dichas actividades en toda la Isla salvo en los ámbitos extractivos) que es disconforme con el marco jurídico vigente. Pero, de otra parte, aunque no fuera necesaria la modificación, ésta sería conveniente toda vez que la experiencia de los últimos años ha puesto de manifiesto que el modelo de ordenación del PIOT no ha resultado apropiado para permitir un adecuado desarrollo de la actividad, compatibilizando los requerimientos económicos (disponibilidad de los recursos geológicos) con las exigencias de protección ambiental y ordenación territorial. Finalmente, la entrada en vigor de la Ley 4/2017 del Suelo y Espacios Naturales Protegidos de Canarias obliga a revisar este contenido del PIOT para adecuarlo a lo establecido en aquélla. Según establece la citada Ley 4/2017, tras el Acuerdo de Inicio adoptado por el Pleno y antes de la elaboración del borrador de la modificación del PIOT y del Documento Inicial Estratégico, se debe llevar a cabo una consulta pública, a través del portal web del Cabildo, en la que se recabará opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas, acerca de los problemas que se pretenden solucionar, la necesidad y oportunidad de la regulación, los objetivos que se persiguen y las posibles soluciones alternativas. En consecuencia, al objeto de cumplir tal precepto, se facilita la documentación de la iniciativa adoptada por el Cabildo, a efectos de que puedan formular las observaciones que estimen oportunas en relación con los aspectos citados.

Plazo para realizar aportaciones: hasta el 2 de marzo de 2019.

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